La leche materna como alimento exclusivo durante los primeros 6 meses de vida

La leche materna como alimento exclusivo durante los primeros 6 meses de vida

En México, las madres trabajadoras deberán tener en su centro laboral un espacio adecuado e higiénico para amamantar o descansos extraordinarios para la extracción de leche. Es un derecho.

La leche materna como alimento exclusivo durante los primeros 6 meses de vida. Orden legal. Un atinado y siempre oportuno recordatorio de la legalidad y legitimidad de la protección de la lactancia materna en México. La lactancia materna es un derecho, corresponde por Decreto que:

“Las madres trabajadoras deben tener en su centro laboral un espacio adecuado e higiénico para amamantar o descansos extraordinarios para la extracción de leche”.

Fabiola Martínez

Periódico La Jornada

Abril de 2014, p. 38

En México deberá promoverse la leche materna como alimento exclusivo durante los primeros seis meses de vida del bebé, y complementario hasta avanzado el segundo año de edad.

En tanto, las madres trabajadoras de los sectores público y privado deberán tener en su centro laboral un espacio adecuado e higiénico para amamantar y/o descansos extraordinarios para realizar la extracción manual de leche.

En la Ley del Seguro Social y en la norma para los trabajadores al Servicio del Estado se ordena dar ayuda en especie por seis meses para lactancia y capacitación, así como fomento para la alimentación al seno.

Precisa que las mujeres disfrutarán de un mes de descanso antes del parto y dos después del mismo.

Capacitación y estímulos a las madres trabajadoras

Lo anterior se señala en el Decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley General de Salud y otras vinculadas a fortalecer una política en favor de la lactancia materna.

En las enmiendas se hace énfasis en la capacitación para la lactancia y la creación de estímulos y apoyos para quienes, por prescripción médica, tengan algún impedimento para alimentar de manera natural a sus hijos.

El Decreto ordena también una estrecha coordinación entre las autoridades federales, estatales y municipales para alentar la práctica y vigilar el cumplimiento de las reglas en mención, en especial en lo referente a la capacitación y fomento de dicha forma de alimentación.

Por tanto, constituirá violencia laboral para quien impida o humille a las mujeres por llevar a cabo el periodo de lactancia previsto en la ley.

Las empresas, instituciones, dependencias y, en general, todos los obligados conforme a este decreto tendrán un año para hacer las adecuaciones físicas necesarias con el objetivo de dar cumplimiento a las disposiciones correspondientes.

Fuente y desarrollo: Lajornada

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